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Y en tal sentido, la jurisprudencia mayoritaria del Tribunal Supremo , sostiene que nuestro sistema jurídico no ofrece un concepto de droga y sigue un criterio enumerativo por remisión a los Convenios Internacionales suscritos por España y publicados en el BOE. (STS 378/2006 de 31 de marzo)Como asistente Digital, no tengo conocimientos especiali

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